GACETILLA OFICIAL DEL OBSERVATORIO DEL DERECHO A LA CIUDAD
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En la Ciudad de Buenos Aires en los últimos años la discusión de los estadios de fútbol y las actividades que en ellos se realizan ha ingresado nuevamente con intensidad en la agenda de la planificación urbana de la Ciudad.
Así, los vecinos del Barrio de Núñez desde principios de este siglo profundizaron las denuncias sobre los impactos negativos de la utilización del estadio del Club River Plate como asiento de eventos musicales locales e internacionales. Este estadio fue inaugurado en el año 1938. En esa época el estadio estaba rodeado de tierras sin construir y pantanos. Actualmente de residencias y en sus cercanías se encuentran instalaciones universitarias[1]. La modificación en los usos del estadio y las radicales transformaciones urbanas de sus alrededores están dando lugar a conflictos permanentes aún no resueltos[2].
Por otra parte, el reclamo de los hinchas del Club Atlético San Lorenzo de Almagro para que el estadio retorne al barrio de Boedo, que fue escuchado por la Legislatura porteña, ha generado resistencia de los vecinos[3] de los alrededores del inmueble ubicado en la Avenida La Plata 1624, entre Las Casas e Inclán. A través de la ley Nº 4.384[4] se ordenó la expropiación de este predio cuyo titular es Carrefour y en el que se encuentra construido un hipermercado. Se creó el Fideicomiso «Club Atlético San Lorenzo de Almagro» encargado de pagar la indemnización por la expropiación con los aportes del Club y de sus socios. El inmueble quedará bajo el dominio de ésta institución quién tiene decidida construir un nuevo estadio allí. La instalación de un estadio en plena área residencial hace insoslayable que exista una evaluación de sus impactos y plena participación de los futuros afectados.
Por último, el Club Atlético Boca Juniors ha impulsado proyectos de ley en la Legislatura porteña para construir un nuevo estadio en los terrenos conocidos como Casa Amarilla[5]; el Club Atlanta está finalizando la construcción de un micro estadio[6]; y se ha anunciado la construcción de un micro estadio en lamanzana N° 66[7] (manzana entre las arterias de Jujuy, Belgrano, Catamarca y Moreno).
Los actividades de los estadios producen un incremento notable del tráfico de autos, traslado y concentración de una cantidad ingente de personas en un plazo temporal reducido, incremento de las intensidades de los ruidos y vibraciones, en definitiva, situaciones que exigen una logística especial, adecuación de los servicios y preparación de las áreas urbanas afectadas por estas afluencias.
Estas actuales situaciones tienes varias instancias institucionales para ser discutidas y evaluadas por la sociedad porteña. Una de las principales instancias es el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental en el cual se evalúa los impactos ambientales y sociales de una actividad o emprendimiento, se busca formas de atenuación de éstos o se decide la imposibilidad de otorgar su autorización. Este proceso de acuerdo a la ley Nª 123 debe permitir la participación ciudadana a través de la realización de una Audiencia Pública, donde las voces, denuncias y propuestas de los futuros afectados deben ser escuchadas y obligatoriamente analizadas.
Esto nos lleva a indagar si el GCBA está impulsando este proceso institucional-técnico de Evaluación de Impacto Ambiental como mecanismo adecuado para afrontar y resolver estos conflictos urbanos originados por la construcción y funcionamiento de estadios.
Según información del Gobierno de la Ciudad, los estadios de fútbol ubicados en la Ciudad de Buenos Aires, salvo el Club Atlético Vélez Sársfield, no cuentan con Certificado de Aptitud Ambiental vigente, lo que implica que no han cumplimentado cada una de las etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.
Los estadios deben obtener el Certificado de Aptitud Ambiental otorgado por la Agencia de Protección Ambiental (APrA) como condición previa para el desarrollo de actividades y, en consecuencia, para alcanzar la habilitación definitiva[8]. Ésta autorización resulta imprescindible para que los estadios de fútbol, como cualquier otra actividad considerada de impacto ambiental con Relevante Efecto, puedan funcionar sin violar las normas ambientales de la Ciudad.
De acuerdo a información proporcionada por la Agencia de Protección Ambiental (APrA)[9], sólo dos estadios (el Estadio y Complejo Deportivo Club Atlético Boca Juniors y el Estadio y Campo de Deportes del Club Atlético Vélez Sársfield) obtuvieron el Certificado de Aptitud Ambiental, encontrándose vencido el del Club Atlético Boca Juniors.
Esta situación constituye una ausencia de evaluación de las actividades desarrolladas en los estadios y un impedimento a la ciudadanía de participar en los procesos de Evaluación de Impacto Ambiental a fin de advertir sobre impactos ambientales negativos en su barrio o proponer alternativas de mitigación de éstos.
Los estadios de fútbol constituyen una de las actividades de mayor impacto ambiental en la Ciudad, por lo tanto, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires debería controlar con mayor énfasis qué estos cumplan con las normas, entre ellas, la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental luego de la realización del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental con participación ciudadana a través de audiencias públicas. Esta omisión produce desconfianza respecto al tratamiento que se dará a las discusiones sobre los impactos sociales y ambientales negativos que los futuros estadios impulsados por distintos clubes generarán.
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Referencias
[1] Por ejemplo, edificios de la Universidad Torcuato Di Tella y de facultades de la Universidad de Buenos Aires.
[2] Los vecinos denuncian que los edificios oscilan a causa de las vibraciones del Estadio Monumental y que esto genera daños y rajaduras en los edificios. También que las personas sufren mareos, ataques de pánico y nauseas.
Ver https://www.youtube.com/watch?v=2e1gYk9e0Go
[4] Sanción: 15/11/2012
Promulgación: Decreto Nº 579/012 del 10/12/2012
Publicación: BOCBA N° 4057 del 17/12/2012
[5] http://www.infobae.com/2014/11/14/1608767-el-pro-avanza-la-entrega-terrenos-publicos-boca
https://sites.google.com/site/ingenierociviltdf/cype-ingenieros-en-nuestra-provincia
[6] http://442.perfil.com/2012-12-20-180661-atlanta-tendra-un-nuevo-micro-estadio/
[7] https://www.facebook.com/Manzana66?_rdr
[8] Art. 5 de la Ley N° 123.
[9] EX-2015-04319420-MGEYA-DGSOCAI. S/ Consulta Ley 104.