En un principio, el “Servicio Público de Taxis Accesibles” contaría con50 vehículos especialmente adaptados que pertenecerán a la Ciudad de Buenos Aires. La propiedad estatal se debe a que para poder coordinar la fabricación de estas unidades se requiere de cierta escala, es decir, no se podrían producir por uno o dos vehículos solamente; y un acuerdo que ponga en contacto directo al Gobierno de la Ciudad y las empresas fabricantes. Además, se creará un centro de coordinación para que los usuarios puedan llamar como si fuera un radiotaxi. El proyecto prevé, en el futuro, una concesión mediante el pago de un canon y la posibilidad de ampliar el número de taxis accesibles hasta mil unidades. Este tipo de servicio ya se aplica, con éxito, en ciudades como Estocolmo, Nueva York y Río de Janeiro.
Durante la elaboración de este proyecto, la Defensoría del Pueblo porteña pudo detectar que «los servicios privados de transporte accesible de tipo ‘punto a punto’ cobran tarifas de entre $80 y $150 por viajes de 2 kilómetros», porque se utilizan vehículos preparados para llevar muchos pasajeros o porque no circulan durante su tiempo ocioso, lo que fuerza a sus propietarios a compensar el lucro cesante. Por otro lado, existe poca disponibilidad de servicios privados de transporte accesible, lo que obliga a los usuarios a realizar reservas de entre 24 y 48 horas como mínimo para su contratación. En ocasiones, no están disponibles en horarios nocturnos.
Para Isabel Ferreyra, directora del área de Discapacidad de la Defensoría del Pueblo Porteña, «sin movimiento no hay vida. No hay forma de ejercer derechos ni de asumir obligaciones si no se cuenta con los recursos necesarios para trasladarse. Por eso, es imprescindible que la gente disponga de transporte público. Pero, lamentablemente, hay un retroceso en la accesibilidad a este tipo de transporte y el servicio privado adaptado es escaso y demasiado oneroso. De allí la necesidad de crear dispositivos que estén a disposición de quienes requieran distintas formas de desplazarse. Nada debe reemplazar al transporte público, pero hasta que las autoridades y los empresarios tomen conciencia de ello, la opción de crear un medio de transporte accesible es oportuna «.
«En la Ciudad existen dificultades reales para que los ciudadanos en silla de ruedas, y con movilidad reducida en general, ejerzan su derecho a desplazarse libremente. En ese sentido, estamos en falta y por eso es que presentamos este proyecto. Es un paso importante que se haya comenzado a discutir en la comisión. Me parece auspicioso», se entusiasmó el legislador Camps.
La República Argentina aprobó la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad mediante la Ley nacional Nº 26.378 (CDPD), que aplica a «a todas las partes de los Estados federales sin limitaciones ni excepciones».
Además, el artículo 42 de la CCBA dispone: “La Ciudad garantiza a las personas con necesidades especiales el derecho a su plena integración, a la información y a la equiparación de oportunidades. (…) Prevé el desarrollo de un hábitat libre de barreras naturales, culturales, lingüísticas, comunicacionales, sociales, educacionales, arquitectónicas, urbanísticas, del transporte y de cualquier otro tipo, y la eliminación de las existentes”.
En este marco, corresponde al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires garantizar el derecho al transporte de las personas con discapacidad en todas sus formas, en particular en aquellos ámbitos en los que tiene jurisdicción exclusiva como es el servicio público de taxis.