La Legislatura aprobó una ley para la creación de un nuevo espacio público en la Comuna 3 en la manzana delimitada por las calles Catamarca, Moreno y las avenidas Belgrano y Jujuy. Lo mismo sucederá con otra parcela en el barrio de Saavedra.
El proyecto de ley, que fue aprobado en primera lectura, crea 11.700 metros cuadrados de nuevo espacio verde y público para los vecinos de la Ciudad (9.000 m2 en Balvanera y 2.700 m2 en Saavedra) y está destinado a cumplir con los requerimientos vecinales y la política pública de dotar de mayor cantidad de espacios para el disfrute de la ciudadanía, en este caso de las Comunas 3 y 12. Ahora deberá pasar por instancia de audiencia pública para su aprobación final.
La iniciativa impulsada por un grupo de vecinos de Balvanera fue sancionada con 45 votos positivos y 10 abstenciones de los diputados Marcelo Depierro y Graciela Ocaña (CP), Paula Penacca, Javier Andrade, Pablo Ferreyra, Carlos Tomada y Lorena Pokoik (FpV), Fernando Vilardo (AyL), Marcelo Ramal (FIT) y Patricio Del Corro (PTS).
En cuanto al terreno de la avenida San Isidro Labrador, que funciona como terminal de una línea de colectivos y será permutado para adquirir la Manzana 66, se propone la subdivisión del lote a fin de liberar un área de aproximadamente 2.700 m2 de superficie para nuevo espacio público (delimitado por las calles Vedia, Pico y avenida San Isidro Labrador)
El barrio de Balvanera cuenta con sólo 0,4 m2 de espacio verde por habitante y con esta nueva manzana se incrementará el número de manera significativa en la Comuna 3.
La ley dispone destinar unas 80 hectáreas de terrenos del barrio Villa Soldati -Comuna 8- para la Villa Olímpica de los juegos juveniles de 2018 y otras obras que quedarán como infraestructura social del barrio y espacios verdes, fue sancionada hoy en la Legislatura porteña.
La norma fue aprobada por 46 votos positivos y 10 en contra, del Frente para la Victoria, el Partido Socialista Auténtico y los 3 monobloques de izquierda. Apoyaron la iniciativa el PRO, la Coalición Cívica, Suma+, el Partido Socialista, el Interbloque Peronista y Confianza Pública.
Esta norma desafecta del dominio público y rezonifica los terrenos donde funcionaba el Parque de la Ciudad y otros linderos para disponer su transferencia a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. Es el amplio polígono de unas 80 manzanas delimitado por la Autopista Cámpora o Avenida Lacarra y las avenidas Fernández de la Cruz, Escalada y Coronel Roca.
Esa zona se divide en cuatro predios: la Villa Olímpica, la Urbanización Parque de lo que hoy es el Parque de la Ciudad, el Área de Equipamiento Lacarra y los terrenos correspondientes al Hospital Cecilia Grierson.
También se creará un gran espacio verde de 49 hectáreas, con instalaciones deportivas, en lo que hoy es el Parque de la Ciudad; dos manzanas se destinarán a obras educativas y también habrá ampliación de espacios y nuevas construcciones para el Hospital Grierson.
Tras los juegos juveniles de 2018 se generará un nuevo barrio de 1.140 viviendas de 1, 2 y 3 ambientes y 125.000 metros cuadrados en total de viviendas con destino social, que serán administradas por el Instituto de la Vivienda de la Ciudad -IVC.
La Legislatura porteña sancionó la ley que regula la publicidad de bebidas alcohólicas en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
Las multas pueden llegar a casi un millón de pesos. El Ejecutivo deberá desarrollar acciones informativas y educativas sobre las consecuencias del consumo excesivo de alcohol.
Se establece que aquellas excepciones deben contener un mensaje entre los siguientes o similares:
«El consumo excesivo de alcohol es perjudicial para la salud»
«No bebas alcohol durante el embarazo»
«Si vas a conducir no tomes alcohol»
«El alcohol al volante mata»
«El consumo excesivo de alcohol causa cirrosis hepática»
«El consumo excesivo de alcohol causa enfermedades cardiovasculares»
“Tomar alcohol en exceso te acorta la vida”
«El consumo excesivo de alcohol predispone las relaciones sexuales no protegidas»
«El consumo excesivo de alcohol favorece la violencia y la violencia de género»
Por otra parte, «Queda prohibida toda forma de publicidad, promoción, patrocinio o financiación de actividades culturales, deportivas o educativas con acceso libre y gratuito, por parte de las marcas de bebidas alcohólicas».
Sobre las sanciones por incumplimiento, la ley especifica una multa de quince mil (15.000) a cien mil (100.000) unidades fijas, y/o decomiso, y/o inhabilitación. con la UF vigente en $9,65, las multas pueden ir desde 144.750 hasta 965.000 pesos.
La Legislatura sancionó una ley que regula el funcionamiento de los «food trucks» en el espacio público de la Ciudad de Buenos Aires.
Deberán estar a más de 200 metros de bares y restaurantes en lugares, días y horarios que se establecerá por vía reglamentaria.
La ley aprobada determinó que será el Ministerio de Ambiente y Espacio Público el que fijará los lugares, días y horarios para el funcionamiento de estos vehículos gastronómicos.
Entre las prohibiciones figuran la de vender bebidas alcohólicas, la publicidad sonora o visual que contamine el medioambiente, arrojar desperdicios o efluentes a la vía pública; el uso u ocupación de una superficie que exceda a la habilitada. Se les exigirá, además, que ofrezcan productos para celíacos, para diabéticos, alimentos y bebidas bajos en sodio, frutas y verduras.
Para obtener la habilitación del vehículo gastronómico y el permiso de uso se requerirá poseer capacidad suficiente para la elaboración de comidas y bebidas, ser responsable inscripto ante la Afip, poseer libreta sanitaria y estar inscripto en la categoría correspondiente de Ingresos Brutos.
La Dirección General de Desarrollo Gastronómico elaborará el registro de Habilitación General de Vehículos Gastronómicos. La habilitación general tendrá una vigencia de un año, renovable.
Entre otras cosas, los puestos deberán tener equipos electrógenos, cámaras de seguridad y sistemas de geoposicionamiento satelital que permita el seguimiento y control por parte de la autoridad.